Comunicado del frente socialista unido de trabajadores cementeros del estado Anzoategui (frensutracem):
Los trabajadores cementeros del estado Anzoategui (antigua Cemex) estamos de jubilo por la justisima decision tomada por la comisión electoral sindical, máxima autoridad del proceso electoral sindical en curso en pertigalete (planta mas grande de suramerica).
Nosotros representados por esta heroica comisión aplaudimos este hito historico para el movimiento obrero venezolano consistente en que la actual directiva del sindicato del cemento sintracea es inelegible y que solo podra participar en calidad de electora (es decir, no podrán ser elegidos y solo podrán participar como votantes).
Desde este frente de trabajadores cementeros apoyamos incondicionalmente esta importantisima acción que nos hace presentir el advenimiento de una nueva era de justicia para la clase trabajadora de este sector estratégico productivo siempre abusada por el sindicalerismo patronal durante décadas.
esta comisión paso ya a la historia al escribir un capitulo decisivo en la marcha hacia nuestra emancipación de clase.
Reciban compañeros todo el respaldo y apoyo a su decisión apegada al ordenamiento legal vigente en nuestro país. cuestión esta que no podra ser revertida ni siquiera por algunos funcionarios del cne que estan tratando de confundir e incidir en una decisión ya tomada !!!
así que adelante compañeros que no estan solos. no acepten chantajes, presiones, amedrentamientos, amenazas de nadie. asi es como construiremos la patria que soñamos de justicia y dignidad para todos.
¡¡¡todos a respaldar a los valientes de la comision electoral por la justicia obrera, laboral para las mayorias!!!
¡¡¡¡ fuera la mafia sindicalera enriquecida y posicionada a costa de nuestras penurias eternas !!!!
¡¡¡¡YA BASTA DE IMPUNIDAD!!!!
¡¡¡¡¡¡¡ ADELANTE COMPAÑEROS, ADELANTE !!!!!!
ARTICULO 441 DE LA LEY ORGANICA DEL TRABAJO: La junta directiva estará obligada a rendir a la asamblea, cada año, cuenta detallada y completa de su administración.
Quince (15) días antes, por lo menos, de la fecha en que vaya a celebrarse la asamblea, la junta directiva colocará una copia de la cuenta que proyecte presentar, en lugar visible de las oficinas sindicales, para que pueda ser examinada por los socios.
Los funcionarios sindicales que no hayan cumplido esta obligación no podrán ser reelectos.
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